Controles sobre los Consorcios
Sin lugar a dudas en este primer tramo del siglo 21 se ha desatado en
nuestro país, desde distintas esferas del poder público, una
inusual carrera de obstáculos para ver quién resulta más
ingenioso en llegar primero a instaurar absurdas regulaciones que
involucren a los Consorcios de Propietarios.
Todos estos intentos son expuestos por sus autores y por el coro de
interesados adictos que los rodean, a la opinión pública, bajo la
falaz fachada de pretender perseguir un supuesto fin loable: ejercer
mayor control sobre los consorcios y presión sobre la gestión de
los administradores de propiedad horizontal, no exento de un enfermizo
afán persecutorio al tratar de establecer también durísimas
sanciones y costosas multas, hasta por nimiedades.
Es como si creyeran que dependiera únicamente de la mejor o peor
gestión de dichos profesionales la generación y resolución de
los graves problemas que se verifican a diario en el ámbito de la
comunidad consorcial.
Craso error conceptual.
Clara demostración de esta tendenciosa demonización de los
administradores son las previsiones y postulados de la mayoría de los
doce proyectos de leyes existentes en la Cámara de Diputados de la
Nación, con intensiones de emparchar o en algunos casos derogar y
reemplazar a la ya obsoleta ley 13.512.
Proyectos parlamentarios que hasta la fecha han servido sólo para que
algunos de sus autores lograran un par de centímetros más de
figuración propagandística en los medios de comunicación que
trabajan en forma cautiva del sector político-sindical involucrado en
la maniobra.
En primer lugar es necesario destacar que la mayoría de los
conflictos de los copropietarios, locatarios y otros ocupantes de las
unidades funcionales entre sí, o con otros vecinos del edificio, o
con la administración del ente consorcial o con el personal
dependiente del consorcio, tienen un inocultable origen: la absoluta
falta de educación para vivir en propiedad horizontal.
Esta carencia generalizada de conocimientos sobre el comportamiento
debido, es responsabilidad primaria, única y exclusiva del sistema de
educación pública que, a pesar de las reiteradas propuestas y el
sin fin de reclamos sobre este tema realizado a diferentes presidentes y
ministros de la nación por parte de los representantes de la
Fundación Reunión de Administradores, nunca las autoridades, a
pesar de sus fáciles y ocasionales promesas verbales, se han ocupado
de establecer mínimos contenidos obligatorios sobre la materia en los
planes oficiales destinados a las escuelas primarias, colegios
secundarios, institutos de formación terciaria, ni en las actividades
educativas destinadas a la alfabetización y/o capacitación de los
adultos.
Y es indiscutible que sin conocimientos específicos sobre elementales
normas de convivencia a observar en viviendas colectivas, sobre
derechos, obligaciones, responsabilidades, deberes y funciones de los
distintos sectores que integran la comunidad consorcial (consorcistas,
administradores, personal de portería, proveedores, etc.), en
instruir para la prevención de riesgos y los planes de emergencia
para vivir en edificios de altura; mal se le puede exigir al sistema de
propiedad horizontal que funcione regular y armónicamente, si el
componente primordial como lo son los copropietarios no saben de que se
trata, y ante el menor trastorno o contrariedad personal tiende a
imaginar cualquier cosa y actuar en consecuencia equivocadamente.
El peor enemigo de los Consorcios de Propietarios, no es, como muchos
pregonan, el personal de portería, ni tampoco el administrador, como
intentan inculcarle a la población algunos interesados en mantener
sus privilegios corporativos o generar nuevos y jugosos
"negocios" con cargo al bolsillo del copropietario a través
del aumento de las expensas comunes.
El verdadero enemigo, es la ignorancia.
Lo ha sido, y continuará la ignorancia siendo el mayor y principal
enemigo de los Consorcios de Propietarios, hasta tanto el Estado
Argentino no se haga cargo de asumir su plena obligación que
constitucionalmente resulta de carácter irrenunciable: educar al
consorcista.
Hasta tanto ello ocurra no habrá sistema de propiedad horizontal que
funcione adecuadamente en el país, ni que soporte las leyes,
decretos, resoluciones, disposiciones y demás arbitrarias,
contradictorias y onerosas regulaciones que se dicten para, por un
lado, amedrentar y someter a los copropietarios y por el otro, perseguir
a los administradores, mediante nuevos y mayores controles que resultan
tan costosos a las expensas comunes, como inocuos en sus resultados
finales.
Revista Reunión de Administradores N° 249, Enero-2012