Encargados de edificios. Suplentes. Persona que reemplaza al encargado en sus licencias. Vínculo discontinuo

01.02.2012 07:20

Toda vez que la actora realizaba los reemplazos cuando el encargado permanente
tomaba licencias (un mes al año en un período definido) y aunque no se hubieran
instrumentado tales reemplazos mediante contratos a plazo fijo, cabe considerar
que dichas prestaciones correspondieron a una relación de trabajo por tiempo
indeterminado pero con vínculo discontinuo, regulado por los arts. 96 y conc. De la
LCT. En tales condiciones, la negativa de la demandada a reconocer la relación
laboral constituye una injuria cuya gravedad justificó la decisión rescisoria de la
accionante.
CNAT Sala III Expte n° 17910/04 sent. 87808 31/5/06 “Vega, Emma c/ Cons. de
Prop. Edif.. Condarco 427 s/ despido” (P.- E.-)