Honorarios sugeridos

Honorarios de Administración y Aranceles

2012/07 a 2012/12 HONORARIOS Y ARANCELES DEL ADMINISTRADOR
 
 
 

La determinación de los Honorarios y Aranceles y los importes sugeridos que se publican, surgen del acuerdo institucional celebrado el 03/10/08 por las entidades que agrupan Administradores de Propiedad Horizontal: AIERH – Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal: AIPH – Asociación de Administradores Independientes de Propiedad Horizontal; CAPHAI – Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias; FRA – Fundación Reunión de Administradores; y UADI – Unión de Administradores de Inmuebles. Última actualización: 22/06/12 – Vigencia: 1º//07/12 al 31/12/12

 

HONORARIOS DEL ADMINISTRADOR


Clase
Consorcio
Tipología Mínimo
Hasta
20 UF
UF Adic.
Desde
UF Adic.
Hasta
A1 Consorcios con servicios comunes, centrales, confort y de súper confort Ejemplo de servicios de súper confort: natatorio, gimnasio, sauna, cancha de paddle, cancha tenis o squash. 2320 116 164
         
A Consorcios con servicios comunes, centrales y de confort. Ejemplo de servicios de confort: salón de usos múltiples, solárium, lavandería y secarropas. 1840 92 116
         
B Consorcios con servicios comunes y centrales Ejemplo de servicios centrales: Agua caliente, calefacción, compactador y/o incinerador de residuos. 1380 69 92
         
C Consorcios con servicios comunes Ejemplo de servicios comunes: servicios de portería, vigilancia, seguridad, ascensores, electro-bombas y porteros eléctricos. 1140 57 69
         
D Viviendas sociales construidas por intermedio de operatorias oficiales del tipo FONAVI, BHN, e Institutos provinciales de vivienda. 920 46 57
         
 

NOTAS:


1.- En todos los casos las Unidades Complementarias serán tarifadas, a los fines de los cómputos de los honorarios profesionales del Administrador, al 50 % del valor de las Unidades Funcionales.
2.- Semestralmente las entidades signatarias se reunirán para establecer los ajustes que correspondiesen a los valores sugeridos en la presente clasificación.
3.- A partir del 2009 entre los días 10 y 20 de los meses de junio y diciembre, las entidades signatarias deberán acordar los nuevos valores equiparando los importes establecidos en el presente documento a la evolución económica general del sector que representan.

 

UNIFICACION de los Aranceles del Administrador de Propiedad Horizontal

La determinación de las tipologías de clases para los consorcios de propietarios; los importes básicos y los adicionales mínimos y máximos por cada Unidad Funcional mayor a 20 que se publican, surgen del acuerdo institucional celebrado el 3/10/08 por las entidades que agrupan Administradores de Propiedad Horizontal: AIERH - Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal; AIPH - Asociación de Administradores Independientes de Propiedad Horizontal; CAPHAI - Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias; FRA - Fundación Reunión de Administradores; y UADI - Unión de Administradores de Inmuebles.